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Objetivos
a)
Acceso al conocimiento: La limitación y excepción al derecho de autor para la transformación de obras en formatos accesibles y el intercambio transfronterizo de las mismas, promueve el acceso al conocimiento, con lo cual, la propiedad intelectual cumple con su función social.

b)
Fomento de la sensibilización sobre los retos que afrontan las personas con dificultades para acceder al texto impreso y las personas con discapacidad.

c)
Mayor acceso a la educación: La educación desempeña una función trascendental en la sociedad, su incidencia en la vida de cualquier persona es inmensurable. El acceso a los materiales educativos en formatos accesibles es esencial para que las personas con dificultades para acceder al texto impreso tengan la posibilidad de aprovechar las oportunidades que brinda la educación.

d)
Mejora de la integración social y de la participación cultural: Acceder en condiciones de igualdad a las fuentes habituales de conocimientos e información permite la integración social y participación cultural, así como el acceso al conocimiento de las personas con discapacidad visual.

e)
Alivio de la pobreza y aumento de las contribuciones a la economía nacional: El desarrollo profesional individual depende en gran medida del nivel educativo. El Tratado de Marrakech puede ser un valioso instrumento de lucha contra la pobreza, al brindar oportunidades de crecimiento profesional a las personas con dificultades para acceder al texto impreso de modo de permitirles contribuir a su economía local y adquirir autosuficiencia económica.
